Ley 3723

GobiernoInternacional - Ambiental
Número de Edición3723
Fecha de Publicación20 de Agosto de 2007

LEY Nº 3723

LEY DE 3 DE AGOSTO DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo Unico.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de préstamo entre la República de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento (CAF), por la suma de hasta $us. 15.000.000.- (Quince Millones 00/100 Dólares Americanos), destinados a financiar el “Programa de Atención de Emergencias Naturales Bolivia 2006”.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil siete años.

Fdo. José Villavicencio Amuruz, Edmundo Novillo...

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