Ley 1935

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición1935
Fecha de Publicación11 de Febrero de 1999

LEY Nº 1935

LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1998

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.-(TRANSFERENCIA A TITUTO GRATUITO).- Autorízase la transferencia a título gratuito de conformidad con el Artículo 59, numeral 7, de la Constitución Política del Estado, a favor del Gobierno Municipal de la ciudad de Santa Cruz, los siguientes terrenos de propiedad de Y.P.F.B. residual, ubicados en el Campó Santa Cruz:

- El lote correspondiente al área llamado “EL MECHERO”, con una superficie de 70.948,08 Mts.2.

- Lote correspondiente al Pozo SCZ-7 con una superficie de 14.292.10 mts.2.

ARTICULO SEGUNDO.-(DERECHO PROPIETARIO).- Se respeta el derecho propietario de Y.P.F.B. residual sobre una superficie de 5.322,05 Mts2 en el lote Pozo SCZ-7, correspondiente en una franja ubicada al lado Este del terreno de 160 Mts. de largo y 33.26 Mts. de ancho.

ARTICULO TERCERO.-(DESTINO).- La totalidad de la superficie transferida está destinada, exclusivamente a la siguiente infraestructura:

Lote el “Mechero”

- Plaza principal ciudadela “Andrés Ibáñez” (Plan 3.000)

- Para uso público de acuerdo a planificación del Gobierno Municipal.

- Areas verdes

Lote Pozo SCZ - 7

- Exclusivamente para la construcción del Módulo educativo en convenio entre el Gobierno Municipal y el Fondo de Inversión Social (FIS).

ARTICULO CUARTO.- Y.P.F.B., se hará cargo del sellado definitivo del Pozo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR