Ley 1931

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición1931
Fecha de Publicación18 de Enero de 1999

LEY Nº 1931

LEY DE 21 DE DICIEMBRE DE 1998

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto al Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárese de prioridad nacional la colocación de la carpeta asfáltica en la carretera Camiri - Yacuiba.

ARTICULO SEGUNDO.- El Poder Ejecutivo queda encargado de la búsqueda de financiamiento para la elaboración de los estudios y la ejecución de las obras.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho años.

Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Rubén E. Poma Rojas, Augusto Valda Vargas, Franz Rivero Valda.

Por tanto, la...

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