Ley 212

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición212
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1950

5 de enero

LEY Nº 212.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo único - El impuesto a la sucesión del que fué Cosme Cadima, se destina a la construcción de un Teatro Escolar en la Capital Arani, del Departamento de Cochabamba, y para reparación del Templo Colonial, declarado por ley Monumento Nacional de la misma ciudad, en la proporción del cincuenta por ciento.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H Congreso Nacional.

La Paz, 20 de diciembre de 1940.

(Fdo.)Waldo Belmonte Pool.- (Fdo.) Luis Ponce Lozada- (Fdo.) C López Arce, Senador Secretario. (Fdo.) E. Monasterio, Senador Secretario. (Fdo.) G...

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