Ley 3814

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición3814
Fecha de Publicación31 de Enero de 2008

EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental la pavimentación del tramo vial Padcoyo-San Lucas de la Provincia Nor Cinti del Departamento de Chuquisaca, de acuerdo a resultados, normas y especificaciones técnicas del estudio a diseño final.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de Enero de dos mil ocho años.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

DECRETA:

Artículo 2. Se autoriza a la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, desembolsar los recursos económicos necesarios para su ejecución.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecinueve días del mes de diciembre de dos mil siete años.

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