Ley 2174

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición2174
Fecha de Publicación19 de Febrero de 2001

LEY Nº 2174

LEY DE 7 DE FEBRERO DE 2001

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza, al Poder Ejecutivo la transferencia, a título oneroso, del inmueble ubicado en la calle Cañada Strongest Nº 1772 de la ciudad de La Paz, de propiedad del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, en favor del Gobierno Municipal de La Paz, para el funcionamiento del Kindergarten “Simona Manzaneda”.

ARTICULO SEGUNDO.- La transferencia, deberá ser efectuada por la suma de $us. 156.721.21.- (CIENTO CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS VEINTIUN 21/100 DOLARES AMERICANOS), y se sujetará a lo establecido en la Resolución Suprema Nº 216145 del 3 de agosto de 1995 sobre las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios.

ARTICULO TERCERO.- La Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz, cancelará el valor total de lo establecido en el artículo precedente en el plazo de un (1) año. A partir de la transferencia del bien inmueble en su favor.

ARTICULO CUARTO.- Los recursos provenientes de la venta, serán destinados exclusivamente para la construcción de la infraestructura de la Escuela...

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