Ley 2170

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición2170
Fecha de Publicación19 de Febrero de 2001

LEY Nº 2170

LEY DE 7 DE FEBRERO DE 2001

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59º, numeral 7, de la Constitución Política del Estado, autorízase a Y.P.F.B., transferir, a título gratuito, a propiedad de la Universidad Gabriel René Moreno, los siguientes inmuebles, ubicados, en la ciudad de Camiri.

  1. Inmueble Nº 148, con una extensión de 960 Mts.2, ubicado en la esquina formada por la Av. Héctor Ferrufino y calle Quebracho.

  2. Inmueble Nº 129, con una extensión de 661,7 Mts.2, ubicado en la esquina formada por las calles Quebracho y Caraparí

  3. Terreno y campo deportivo con los siguientes limites. Al Este, calle Saucedo, al Oeste, propiedad de Y.P.F.B., al Norte, Quebrada Cauqueguazú y al Sur, Av. Héctor Ferrufino, con una extensión de 2.455 Mts.2.

  4. Inmuebles, terrenos, infraestructura deportiva, con una extensión de 5.998 Mts.2, de acuerdo a las siguientes colindancias: al Norte Av. Héctor Ferrufino, al Este, calle Sauce, al Oeste, calle Quebracho y al Sur, calle Caraparí.

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constituciones.

Es dada en la Sala de Sesiones...

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