Ley 3746

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición3746
Fecha de Publicación18 de Octubre de 2007

LEY Nº 3746

LEY DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Autorízase al Gobierno Municipal de Cochabamba, junto a los comunarios productores de leche del Proyecto de Desarrollo de Area (PDA-Azirumarca) y la Asociación de Municipios de Cochabamba (AMDECO), conformar una sociedad de economía mixta bajo la denominación de “Procesadora de Lácteos y Derivados para Municipalidades (PROLAM SAM)”, con el objeto de elaborar productos lácteos para la provisión, sin trámite previo, del Desayuno Escolar en el Municipio de Cochabamba y en los Municipios que requieran de este servicio.

La maquinaria e infraestructura a construir, estará emplazada en la Subcentral Agraria “Azirumarca” del Municipio de Cochabamba.

Artículo 2.- Apruébase y autorízase a la Honorable Alcaldía Municipal de Cochabamba, realizar aportes únicamente en servicios, materiales, estudios y proyectos, equivalentes en moneda nacional a $us 225.000.- (doscientos veinticinco mil dólares americanos), a fin de cubrir el 15% (quince por ciento) de...

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