Ley de 6 de noviembre de 1958

GobiernoAdministrativa - División Política
Fecha de Publicación31 de Diciembre de 1958

LEY DE 6 DE NOVIEMBRE DE 1958

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo único.- Elévase a rango de cantón la ex - comunidad Llanga- Belén situada en el cantón Umala de la Provincia Aroma del Departamento de La Paz, con la comunidad de San José de Fiti y la hacienda Araja - Llanca.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 27 de octubre de 1958

(Fdo.).-- Federico Alvarez Plata, Presidente del H. Senado Nacional.- Germán Quiroga Galdo, Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Oscar Donoso L., Senador Secretario.- Alberto Lavadenz R., Senador Secretario.- Fuad Mujaes, Diputado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR