Ley 45

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Para Fiscal
Número de Edición45
Fecha de Publicación28 de Diciembre de 1960

LEY No. 45.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República.

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

D E C R E T A:

Artículo único

Elévase a rango de ley el decreto supremo No. 04945 de fecha 21 de Mayo de 1958, modificando al artículo1ºcon el siguiente texto: “Se instituye el gravamende cienbolivianos (Bs. 100.-) sobre precio de boletos o localidadesde ingreso a los espectáculos cinematográficos, deportivos y teatrales en todo el territorio de la República, durante un mes desdeel 28 de junio al 28 de julio de cada año, en beneficio del Instituto Boliviano de la Ceguera, para la construcción de centros de rehabilitación técnica para ciegos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 28 de noviembrede 1960.

(Fdo.) Mario Tórrez C., Presidente del H. Senado Nacional.- E. Ayala Mercado,Presidente de la H.Cámara de Diputados.- F. Ayala Requena...

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