Ley 116

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición116
Fecha de Publicación22 de Noviembre de 1961

LEY No. 116.

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo1º - Se erige en cantón, bajo la denominación de Aguallamaya, la ex-comunidad del mismo nombre, de la provincia Ingavi del departamento de La Paz.

Artículo 2º - El nuevo cantón tendrá los siguientes límites: al norte con las comunidades Challaya, Titicani, Titicana Tucari, Titicana y Jesús de Machaca; al sur, con la comunidad de San Andrés de Machaca; al este, con las comunidades de Parina Abajo y Calla; al oeste, con las comunidades San Andrés de Machaca y ChallayaTiticani.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,26de octubrede 1961.

(Fdo.)Alberto Lavadenz R., Presidente del H. Senado Nacional.- E.Sandóval...

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