Ley 3528

GobiernoAdministrativa - Planificación Urbana
Número de Edición3528
Fecha de Publicación18 de Diciembre de 2006

LEY Nº 3528

LEY DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1. Declárase de prioridad regional la formulación y financiamiento de programas extensivos de forestación y reforestación, en la jurisdicción del Municipio de Villazón, Provincia Modesto Omiste del Departamento de Potosí, en espacios urbanos y aledaños a las zonas de producción agrícola y sitios de atracción turística.

ARTICULO 2. La Prefectura del Departamento de Potosí, conjuntamente con el Municipio de Villazón, deben gestionar asistencia técnica y canalizar recursos financieros internos y externos para políticas, planes programas y proyectos de forestación y reforestación.

ARTICULO 3. LaPrefectura del Departamento de Potosí deberá desarrollar programas de fortalecimiento institucional del Municipio de Villazón y mancomunidades municipales, con el objeto de ejecutar programas, proyectos deinvestigación y extensión forestal.

Remítase al Poder Ejecutivo...

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