Ley 3532

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Básica; Servicio De Agua
Número de Edición3532
Fecha de Publicación18 de Diciembre de 2006

LEY Nº 3532

LEY DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1. Declárase de prioridad regional la construcción de una represa en la Comunidad Kúllku del Municipio de Tacobamba, en la Provincia Cornelio Saavedra del Departamento de Potosí.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo, la Prefectura del Departamento de Potosí y el Gobierno Municipal de Tacobamba, quedan encargados de gestionar los recursos económicos para su construcción.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de noviembre de dos mil seis años.

Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo...

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