Ley 3535

GobiernoAdministrativa - Educativa
Número de Edición3535
Fecha de Publicación18 de Diciembre de 2006

LEY Nº 3535

LEY DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTICULO 1. Declárase de prioridad regional el Plan Estratégico para Educación, Salud, Producción e Infraestructura en la Mancomunidad de la Provincia Chayanta del Departamento de Potosí.

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo, a través de las instancias pertinentes y la Prefectura del Departamento, y los Gobiernos Municipales quedan encargados de gestionar los recursos económicos tanto internos como externos para su ejecución.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil seis años.

Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo...

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