Ley 3360

GobiernoAdministrativa - Ecuménico
Número de Edición3360
Fecha de Publicación 3 de Marzo de 2006

LEY Nº 3360

LEY DE 21 DE FEBRERO DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.-De conformidad a lo dispuesto por el Artículo 191, de la Constitución Política del Estado, se declara como prioridad nacional el Proyecto de Restauración Total y su Preservación del Templo Religioso Colonial “San Juan de Dios” de la población de Challapata, Provincia Avaroa del Departamento de Oruro.

ARTICULO 2º.- El Poder Ejecutivo, a través del Ministerio del área correspondiente y Haciendaproceda a su asignación presupuestaria, asimismo gestionar financiamiento externo.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional,a los siete días del mes de febrero de dos mil seis años.

Fdo...

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