Ley 907

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición907
Fecha de Publicación22 de Diciembre de 1986

LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 1986

N° 907

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO UNICO. - Elévase a rango de ciudad a la localidad de Santa Ana de Yacuma, capital de la provinciadel departamento del Beni.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y seis años.

Fdo. Ciro Humboldt B., Willy Vargas V., Jaime Villegas D.,Alfredo Cuellar V., Hedím Céspedes C., Walter Humberto Zuleta.

Por tanto, la promulgo para...

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