Ley 3366

GobiernoAdministrativa - Infraestructura
Número de Edición3366
Fecha de Publicación 9 de Marzo de 2006

LEY Nº 3366

LEY DE 6 DE MARZO DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Se declara de prioridad nacional y necesidad regional la construcción de la Terminal Bi Modal de Transporte Internacional, Interdepartamental, Interprovincial y Urbana en la población de Challapata, Provincia Avaroa del Departamento de Oruro, con la implementación de un proyecto integral de infraestructura, equipamiento y servicios.

ARTICULO 2º. Para la construcción de la Terminal Bi Modal de Transportes, de conformidad a lo establecido por el Artículo 59ª, atribución 7ª de la Constitución Política del Estado, se transfieren, a título gratuito, terrenos de la Empresa Nacional de Ferrocarriles del sector “B”, área desafectadade la localidad de Challapata, a favor de la Alcaldía Municipal de Challapata, con una superficie de 82.414,10 m2.

ARTICULO 3º.Se encomienda al Gobierno Nacional, a la Prefectura del Departamento de Oruro y al Municipio de Challapata, tramitar los recursos...

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