Ley 634

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición634
Fecha de Publicación 5 de Octubre de 1984

LEY DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 1984

No. 634

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Créase el cantón Ichuraya, en la provincia Ingavi, del departamento de La Paz, cuyos límites son los siguientes: al norte, con el cantón Viacha; al sur, con la provincia Aroma, al este, con la provincia Aroma y al oeste, con el cantón Viacha.

ARTICULO 2o.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad con elartículo 6o del decreto supremo de fecha 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones y fijar los hitos respectivos.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en laSala de Sesiones del H. Senado Nacional a los treinta días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y cuatro años.

Fdo. Julio...

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