Ley de 9 de marzo de 1957

GobiernoInternacional - Ambiental
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1957

Ley de 9 de marzo de 1957

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo único.- Apruébanse los convenios sobre oleoductos y abastecimientos de petróleo, suscritos con la República del Paraguay, el 16 de noviembre de 1943 enVilla Montes; y el 21 de diciembre de 1956 en esta capital.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 28 de febrero de 1957.

Firmado: Juan Lechín O-, Presidente de la H. Cámara de Senadores.- Firmado: Renán Castrillo J., Presidente de la H. Cámara de Diputados.- Firmado: Eufronio Hinojosa G., Senador Secretario.- Firmado: Ciro Humboldt B., Senador Secretario.- Firmado: Ignacio...

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