Ley 306

GobiernoAdministrativa - Pensión Vitalicia
Número de Edición306
Fecha de Publicación 8 de Abril de 1964

LEY DE 8 DE ENERO DE 1964

VICTOR PAZ ESTENSSORO

Presidente Constitucional de la República

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

Decreta:

Artículo único

Seconcede al Tgral. Salustio Zelaya, héroe auténticode la Guerra del Chaco e intachableServidoren el Ejército de Bolivia, la pensión vitalicia del haber mensual de un General de Brigada en servicio activo de las Fuerzas Armadas de la Nación con todos los beneficios correspondientes.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz,18 de diciembre de 1963.

(Fdo.)José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional.- Juan Sanjinés O.,Presidente de la H.Cámara de Diputados.-Ismael Olivares, Senador Secretario.-Octavio Rivadeneira, Senador Secretario.- Alfredo Aguirre, Diputado Secretario.- Germán Claros, Diputado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR