Ley 3401

GobiernoInternacional - Penal
Número de Edición3401
Fecha de Publicación31 de Mayo de 2006

LEY Nº 3401

LEY DE 23 DE MAYO DE 2006

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. De conformidad a lo establecido por el artículo 59, atribución 12ª, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República Federativa del Brasil, sobre Restitución de Vehículos Automotores Robados o Hurtados, suscrito en la ciudad de Brasilia, Brasil, el 28 de abril de 2003.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los tres días del mes de mayo de dos mil seis años.

Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Jorge...

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