Ley 3335

GobiernoAdministrativa - Organización Militar
Número de Edición3335
Fecha de Publicación21 de Enero de 2006

LEY Nº 3335

LEY DE 18 DEENERO DE 2006

EDUARDO RODRIGUEZ VELTZE

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º. Todos aquellos jóvenes mayores de 18 a 22 años, que hayan culminado el Servicio Militar Obligatorio, además de recibir la Libreta Militar se les extenderá en forma gratuita la Cédula de Identidad.

ARTICULO 2º. Se autoriza a la Dirección Nacional de Identificación Personal para que a través del Comando General del Ejército, mediante el Departamento Primero del mismo Comando, se organicen para otorgar la Cédula de Identidad a nivel nacional a todos aquellos jóvenes mayores de 18 a 22 años que hayan culminado elServicio Militar Obligatorio.

ARTICULO 3º. Se autoriza al Ministerio de Hacienda financiar o buscar financiamiento, para que la concesión de dicho documento no tengacosto para los beneficiarios.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a...

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