Ley 2981

GobiernoAdministrativa - Servicio De Gas
Número de Edición2981
Fecha de Publicación22 de Marzo de 2005

LEY N° 2981

LEY DE 21 DE FEBRERO DE 2005

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA :

ARTICULO 1°.- Declárase de prioridad nacional la conexión de gas natural domiciliario en los seis Distritos de la ciudad de Oruro.

ARTICULO 2°. Se instruye al Poder Ejecutivo, destinar presupuesto para el estudio y posterior implementación de las obras de gas domiciliario en la ciudad de Oruro.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dos días del mes de febrero de dos mil cinco años.

Fdo. Hormando Vaca Diez Vaca Diez , Mario Cossío Cortez, Juan Luis Choque Armijo, Marcelo Aramayo Pérez, Erick Reyes...

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