Ley 252

GobiernoInternacional - Derechos Humanos
Número de Edición252
Fecha de Publicación31 de Octubre de 1950

15 DE SEPTIEMBRE

LEY Nº 252

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo único.- Se aprueba la Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados en casos de Luchas Civiles, suscrita en La Habana el 20 de febrero de 1928 por los plenipotenciarios bolivianos señores José Antezana y Adolfo Costa Du Rels, con ocasión de la Sexta Conferencia Internacional Americana.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 11 de septiembre de 1950.

(Fdo.) Lucio Lanza Solares.- (Fdo.) Bailón Mercado.- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo.) J...

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