Ley 702

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición702
Fecha de Publicación 7 de Marzo de 1985

LEY DE 31 DE ENERO DE 1985

LEY N° 702

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1.- Créase el Cantón Viscachani, perteneciente a la Quinta Sección de la Provincia Aroma, con Capital Patacamaya, del Departamento de La Paz, con los siguientes límites: sl norte con el Cantón Ayo-Ayo, al sur con el Cantón Patacamaya, al este con el Cantón Colchani y al oeste con los Cantones Ayo-Ayo e Iquiaca.

Artículo 2.- El Instituto Geográfico Militar, en conformidad al Artículo 6° del Decreto Supre,o de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala del H. Congreso Nacional, a los catorce días del mes de enero...

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