Ley 1776

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición1776
Fecha de Publicación14 de Marzo de 1997

LEY Nº 1776

LEY DE 14 DE MARZO DE 1997

GONZALO SÁNCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA

REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional la transferencia para fines educacionales y a título gratuito en favor del Gobierno Municipal de La Paz, de un lote de terreno de 912.40 mts2. situado en la Plaza “Tres Pasos al Frente” y la calle “Gobles” donde funciona la Escuela “Rosemary G. de Barrientos”, en aplicación de la atribución séptima del artículo 59º de la Constitución Política del Estado.

ARTICULO 2º.- El terreno transferido no podrá ser cambiado de uso y destino, bajo pena de anulación de la transferencia y la reversión inmediata al dominio del Ministerio de Defensa Nacional.

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.

La Paz, 12 de marzo de 1997

Fdo. Raúl Lema Patiño, Georg Prestel...

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