Ley 1128

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Caminera
Número de Edición1128
Fecha de Publicación19 de Enero de 1990

LEY No.- 1128

LEY DE 19 DE ENERO DE 1990

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Declárase de necesidad y prioridad nacionales la construcción de la ruta troncal Oruro - Challacollo - Toledo - Huachacalla - Sabaya - Pisiga.

ARTICULO SEGUNDO.- Autorízase al Poder Ejecutivo a tramitar, ante fuentes internas o externas, el financiamiento necesario para la construcción de dicho camino.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los nueve días del mes de enero de mil novecientos noventa años.

Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Carvajal Palma, José...

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