Ley 1183

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1183
Fecha de Publicación18 de Septiembre de 1990

1183

LEY DE 18 DE SEPTIEMBRE DE 1990

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Créase el Cantón “APACHETA”, en la jurisdicción de la provincia Quijarro del Departamento de Potosí, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las comunidades: APACHETA, SOTOMAYOR Y CHEUCA.

ARTICULO 2º.- Los límites de la nueva jurisdicción son: Al Norte, con el Cantón Viluyo; Al Sud, con el Cantón Cuchagua; Al Este con el Cantón Tacora y al Oeste con el Cantón Tomave, todos ellos pertenecientes a la Provincia Quijarro del Departamento de Potosí.

ARTICULO 3º.- El Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el Art,6to. del D.S. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos noventa años.

H. Gonzalo Valda Cárdenas, Presidente H. Senado...

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