Ley 712

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Número de Edición712
Fecha de Publicación 2 de Abril de 1985

LEY DE 8 DE FEBRERO DE 1985

No. 712

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso ha sancionado la siguiente ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1o.- Se eleva a rango de ley el Decreto supremo No 17677, de 7 de octubre de 1980, y se convalida la transferencia realizada por la Empresa Nacional de Ferrocarriles, en virtud de dicho decreto a favor de la Cooperativa de Vivienda "Ing. Carlos Azurduy", de lotes de terreno ubicados en el sector Patio Norte de Oruro, en una extensión de 187.023,50 m2. con destino alos socios trabajadores de ENFE y ramas anexas.

ARTICULO 2o.- Los adjudicatarios de los terrenos señalados, no podrán transferir a terceras personas su derecho propietario, por un tiempo no menor a 15 años, a partir de la suscripción de los títulos traslativos de dominio.

ARTICULO 3o.- quedan derogadas las disposiciones contrarias a la presente leyes.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR