Ley de 25 de enero de 1957

GobiernoAdministrativa - Transferencia De Inmueble
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1957

Ley de 25 de enero de 1957

HERNAN SILES ZUAZO

Presidente Constitucional de la República

POR CUANTO: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley;

El Congreso Nacional

DECRETA: -

Artículo 1°- Se autoriza por esta única vez, a la Corporación Minera de Bolivia, la venta directa, sin subasta pública, de las casas que se indican, situadas en las poblaciones mineras de Uncía, Llallagua y de la ciudad de Oruro, pertenecientes a la Ex-empresa "Patiño Mines y C°, Interprises Cons. Inc. y hoy al Estado, en mérito del Decreto Supremo N° 3223 de 31 de octubre de 1952, elevado a rango de Ley por la de 29 de Octubre de 1956, a los trabajadores indemnizados de la citada Empresa, en el orden siguiente:

EN UNCÍA:

A Manuel Callejas Castellón, una casa s/n. situada en la Plaza, "Alonso de Ibáñez".

A Demetrio Fiorilo, la casa N° 12 de la calle "25 de Junio".

A Germán Munguía Rojas la casa N° 6 de la Calle "25 de Junio".

A Basilio Aquilar Ch, la casa N° 4 de la Calle "25 de Junio".

A Daniel Quispe O., la casa N° 9 de la calle "9 de Abril".

A Elías Arancibia. M., la casa s/n. situada entre las calles "Chayanta" y "Saenz".

EN LLALLAGUA:

A Eliodoro Lavayén León, la casa s/n. situada en la Avenida "Paz Estenssoro".

A Zacarías Gutiérrez Salinas, otra casa también s/n. situada en la misma Avenida, colindante con casa de la Sra. Magdalena viuda de Crespo.

EN ORURO:

A Juan Sandy, una casa situada en la calle "Junín" s/n.

Artículo 2°- Las transferencias se efectuarán en la base del justiprecio pericial que efectúe el Departamento Técnico de la Corporación Minera de Bolivia, efectuándose el pago por parte de los compradores, con los depósitos que dejaron en la liquidación...

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