Ley 1465

GobiernoMedio Ambiente Y Rr.nn. - Nominación
Número de Edición1465
Fecha de Publicación 8 de Marzo de 1993

LEY No. 1465

LEY DE 18 DE FEBRERO DE 1993

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Amplíase el Radio Urbano de la ciudad de Monteagudo, capital de la provincia Hernando Siles del departamento de Chuquisaca, en los siguientes límites:

  1. Al norte Hasta la quebrada del Divisadero;

  2. al sud Hasta las juntas de los rios Zapallar y Sauces

  3. al este Hasta la cima de la Colina de la Misión y

  4. al oesteHasta el cruce del Centro Dermatológico, involucrando el márgen izquierdo de la ribera del Rio Bañado.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de febrero de mil novecientos noventa y tres años.

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Carlos Farah Aquim, Ramiro...

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