Ley 1466

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1466
Fecha de Publicación 8 de Marzo de 1993

LEY No. 1466

LEY DE 18 DE FEBRERO DE 1993

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- Modificase la Ley de 7 de febrero de 1986, referente a la creación del Cantón "Panduro" en la Provincia Aroma del Departamento de La Paz, en su Art. Primero, en los siguientes términos:

Que, según el informe de la Comisión Técnica del Instituto Geográfico Militar, el Cantón “Panduro" tiene los siguientes límites:

LIMITE INTERDEPARTAMENTAL LA PAZ ORURO.- Siguiendo el orden numérico:

  1. - JANKHO APACHETA; 2.- PHULCHINI KHASA; 3.- ALLINOKHATA APACHETA; 4.- QUIMSACHATA; 5.- VISCACHANI; 6.- PHUNTINI; 7.- LEKHE APACHETA; 8.- PHUSUTA; 9.- CHOKOÑA APACHETA; 10.- ABRA CABALLO CUNCA; 11.- MAMANIRI; 12.- KALA TAKHAYA; 13.- CUMBRE APACHETA; 14.- TEMPLO APACHETA.

LIMITE CANTONAL DENTRO DE LA PROVINCIA AROMA.- Siguiendo el orden numérico 15.- KHARA CHUYO; 16.- CHILLOKHO; 17.- QUEBRADA CHIJI JAHUIRA; 18.- siguiendo el curso de la quebrada hasta la quebrada CHIJI JAHUIRA; 19.- ÑAKHA CHUTU; 20.- AGUILA HUAHUACHAÑA; 21.- UPHUTAÑA APACHETA; cerrando la poligonal finalmente sobre el punto número uno o...

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