Ley 2086

GobiernoAdministrativa - Transferencia Inmueble
Número de Edición2086
Fecha de Publicación22 de Mayo de 2000

LEY Nº 2086

LEY DE26 DE ABRIL DE 2000

HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley.

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Se autoriza a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (Y.P.F.B.) la transferencia, a título oneroso, de los inmuebles ubicados en la Avenida Mariscal Santa Cruz y Quebrada Cauqueguazú del Campamento Central de YPFB de la ciudad de Camiri, con una superficie de terreno de 16.175,50 metros cuadrados y una superficie constituida de 2.265,28 metros cuadrados,en favor del Vicariato Apostólico de Cuevo, dependiente de la Iglesia Católica, con destino al funcionamiento de la Universidad Salesiana de Bolivia.

ARTICULO SEGUNDO.- El precio de dicha transferencia será determinado por acuerdo de partes.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los trece días del mes de abril de dos mil años.

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