Ley 3879

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Educativa
Número de Edición3879
Fecha de Publicación25 de Junio de 2008

LEY Nº 3879

LEY DE 9 DE JUNIO DE 2008

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental, la construcción de la infraestructura y equipamiento del Complejo Ciudadela Universitaria, en los predios de la Universidad Autónoma del Beni.

Artículo 2. La Universidad Autónoma del Beni queda encargada de la ejecución de las obras y el respectivo equipamiento, con recursos económicos de su presupuesto del IDH y otros financiamientos.

Artículo 3. Se autoriza a la Universidad Autónoma del Beni, gestionar ante instituciones gubernamentales y no gubernamentales el apoyo financiero necesario para garantizar la ejecución de este Proyecto.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de...

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