Ley 985

GobiernoInternacional - Administrativo
Número de Edición985
Fecha de Publicación21 de Marzo de 1988

LEY DE 2 DE MARZO DE 1988

Nº 985

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo Unico.- De conformidad con el inciso 12 del artículo 59 de la Constitución Política del Estado, se aprueban los siguientes convenios internacionales suscritos con la República Socialista Federativa de Yugoslavia:

1) Convenio Comercial, firmado el 2 de octubre de 1963 en Cochabamba;

2) Convenio sobre Colaboración Financiera y Técnica, firmado el 2 de octubre de 1963 en Cochabamba;

3) Convenio sobre Supresión de Visas, firmado el 11 de abril de 1983 en La Paz.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 8 de febrero de 1988.

Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Willy Vargas Vacaflor, Jaime Villegas Durán, Alfredo Cuéllar Vargas., Fernando Kieffer...

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