Ley 3784

GobiernoAdministrativa - Infraestructura Básica; Servicio De Agua
Número de Edición3784
Fecha de Publicación 4 de Diciembre de 2007

LEY Nº 3784

LEY DE 23 DE NOVIEMBRE DE 2007

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase de prioridad departamental y municipal la canalización del Arroyo San Juan en la ciudad de Santísima Trinidad.

Artículo 2. La Prefectura del Departamento del Beni y el Gobierno Municipal de la ciudad de la Santísima Trinidad, gestionarán los recursos económicos y técnicos necesarios para garantizar la ejecución del Proyecto a diseño final “Canalización del Arroyo San Juan” diseñado por la Prefectura del Departamento del Beni.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil siete años.

Fdo. José...

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