Ley 2220

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición2220
Fecha de Publicación 5 de Julio de 2001

LEY No. 2220

LEY DE 4 DE JULIO DE 2001

JORGE QUIROGA RAMIREZ

PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

ARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad con el Artículo 59º, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo Nº 1075/SF - BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 18 de marzo de 2001, en la ciudad de Santiago de Chile, por la suma de hasta CUARENTA Y SIETE MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 47.000.000.-) destinados a financiar el Programa de Desarrollo Local con Responsabilidad Fiscal Fase 1.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Para los fines expresamente señalados, el Programa será ejecutado por el Ministerio de Hacienda, a través de la Unidad de Coordinación del Programa (UCP), que será la entidad responsable de la Administración del Programa, El FPS y el FNDR, serán las entidades responsables de la ejecución y administración de las líneas de financiamiento de transferencia y crédito respectivamente. Los Gobiernos Municipales serán los ejecutores a nivel local de los proyectos individuales del componente de inversiones municipales y de fortalecimiento institucional. Participarán además en la ejecución...

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