Ley 2361

GobiernoInternacional - Penal
Número de Edición2361
Fecha de Publicación14 de Junio de 2002

LEY Nº 2361
LEY DE 7 DE MAYO DE 2002


JORGE QUIROGA RAMIREZ
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con la atribución conferida por el Artículo 59º, numeral 12, de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la República del Perú, para la "Restitución de Vehículos Automotores Robados o Hurtados", suscrito en Lima, el 5 de noviembre de 2001.

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales,

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil dos años.

Fdo. Enrique Toro Tejada, Luis Angel Vásquez Villamor, Wilson Lora...

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