Ley 931

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición931
Fecha de Publicación12 de Mayo de 1987

LEY DE 16 DE ABRIL DE 1987

Nº 931


VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:


EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Se autoriza y aprueba el Contrato de Préstamo Nº 213/IC-BO entre el Banco Interamericano de Desarrollo y la República de Bolivia por la suma de CIEN MILLONES 00/100 de dólares de los Estados Unidos de América ($us 100.000.000) con destino al Programa Global de Crédito Agropecuario y Agroindustrial.

ARTICULO 2º.- Con objeto de facilitar el acceso de los pequeños y medianos productores agropecuarios y agroindustriales al Sistema Global de Crédito a que se refiere el artículo anterior así como distribuir equitativamente el mismo en todos los Departamentos de la República, se utilizarán preferentemente los servicios de los Bancos Agrícola y del Estado como instituciones financieras intermediarias.

ARTICULO 3º.- La banca comercial intermediaria asumirá la responsabilidad total sobre la recuperación de los créditos otorgados, garantizando el cumplimiento de esta obligación ante el Banco Central de Bolivia, con su patrimonio. La resistencia o acciones dolosas para el cumplimiento de esta disposición quedan...

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