Ley 2692

GobiernoAdministrativa - Promoción Al Desarrollo
Número de Edición2692
Fecha de Publicación 7 de Junio de 2004

LEY N° 2692

LEY DE 18 DE MAYO DE 2004

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Declárase de alta prioridad regional para el desarrollo económico y social de la Subregión Norte del departamento de Potosí, la organización y financiamiento de un Programa Agrícola Integral. Dando prioridad a los rubros agrícolas de forrajes, cereales y tubérculos andinos.

ARTICULO 2°.- Ecomiéndase al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios, a la Prefectura Departamental de Potosí y a la Mancomunidad de Municipios de Potosí, el estudio y la búsqueda de financiamiento.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de mayo de dos mil cuatro...

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