Ley 227

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Sustantiva – Adjetiva Tributaria
Número de Edición227
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1950

10 de enero

LEY No.227.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo único.—El impuesto a que se refiere el inciso b)del artículo 1º de la Ley de 21 de noviembre de 1947, se hará efectivo cualquiera que sea la cotización del estaño en el mercado internacional.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional

La Paz, 20 de diciembre de 1949.

(Fdo.) Waldo Belmonte Pool.(Fdo.) Luis Ponce Lozada. (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario. (Fdo.) E. Monasterio, Senador Secretario. (Fdo.) Guillermo Alvarez S., Diputado Secretario. (Fdo.) Pedro Montaño...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR