Ley 236

GobiernoLaboral Y Seguridad Social - Derecho De La Seguridad Social
Número de Edición236
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1950

10 de enero

LEY Nº 236.

MAMERTO URRIOLAGOITIA,

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL.

DECRETA:

Artículo 1o.-Los jubilados comunes y mixtos de la Clase Tropa tienen derecho al aumento del 100% sobre las pensiones que actualmente perciben, a partir del mes de enero de 1950.

Artículo 2o.-La pensión mínima será de Bs. 1.200.-

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 20 de diciembre de 1949.

(Fdo.) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo.) Luis Ponce Lozada .- (Fdo.) C. López Arce, Senador Secretario. (Fdo:) E. Monasterio, Senador Secretario. (Fdo.) Guillermo Alvarez S., Diputado Secretario. (Fdo.) Pedro...

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