Ley 1608

GobiernoInternacional - Contrato De Prestamo
Número de Edición1608
Fecha de Publicación30 de Diciembre de 1994

LEY Nº 1608

LEY DE 23 DE DICIEMBRE DE 1994

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo, suscrito entre la República de Bolivia y el Kreditanstald Fur Weideraufbau de Alemania en fecha 31 de mayo de 1994, por la suma de DM. 2.000.000,oo (DOS MILLONES DE MARCOS ALEMANES), destinados a ampliar el financiamiento del Proyecto Canal Ravelo - Sucre.

Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro años.

Fdo. Juan Carlos Durán Saucedo, Javier Campero Paz, Walter Zuleta Roncal, Freddy Tejerina Ribera, Yerko...

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