Ley 2558

GobiernoInternacional - Administrativo
Número de Edición2558
Fecha de Publicación 4 de Diciembre de 2003

LEY N° 2558

LEY DE 20 DE NOVIEMBRE DE 2003

CARLOS D. MESA GISBERT

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO.- De conformidad a lo establecido por el Artículo 59°, atribución 12ª de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Bolivia y el Gobierno de la Repúblicas Federativa del Brasil, para la construcción de un puente sobre el Río Acre en las comunidades de las ciudades de Cobija y Brasileia.

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de noviembre de dos mil tres años.

Fdo. H. Hormando Vaca Diez Vaca Diez, Oscar Arrien Sandoval, Enrique Urquidi...

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