Ley 158

GobiernoTributaria, Aduanera Y Financiera - Distribucion De Ingresos
Número de Edición158
Fecha de Publicación31 de Marzo de 1950

4 de enero

LEY Nº 158.

MAMERTO URRIOLAGOITIA H.

Presidente Constitucional de la República.

Por cuanto: el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artículo Unico.- Del rendimiento del 20% de divisas a que se refiere la Ley de 7 de septiembre de 1944, se destina la suma de Dos Millones de Bolivianos, para la prosecución de los trabajos de construcción del local del Colegio Nacional "Saracho" del Distrito de Oruro.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 20 de diciembre de 1949.

(Fdo.) Waldo Belmonte Pool.- (Fdo.) Luis Ponce Lozada.- (Fdo.) C.López Arce, Senador Secretario.- (Fdo.) P. Saucedo Barbery, Senador Secretario.- (Fdo.) Guillermo Alvarez S., Diputado...

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