Ley 1283

GobiernoAdministrativa - Honorífica
Número de Edición1283
Fecha de Publicación29 de Noviembre de 1991

LEY Nro. 1283
LEY DE 29 OCTUBRE DE 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTICULO UNICO. A partir de 1992 el Gobierno Central deberá incluir dentro del Presupuesto General de la Nación Obligaciones del Estado, el monto anual de Bs. 5.317.- para su pago al señor José Loyola Cordero, de la diferencia resultante entre el monto de la Jubilación del grado de mayor y el grado inmediato superior de teniente Coronel de Ejército, en cumplimiento a la Ley de 2 de septiembre de 1938 y reconocimiento a su condición de Benemérito y Héroe de la Guerra del Chaco.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional.

La Paz, 21 de octubre de 1991.

Fdo...

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