Ley 1284

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1284
Fecha de Publicación29 de Noviembre de 1991

LEY Nro. 1284
LEY DE 29 OCTUBRE DE 1991

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Créase el cantón CHACOMA en la jurisdicción de la provincia Aroma del departamento de La Paz, con límites al norte con el cantón Chiar Umani; al sud con el cantón Colchani; al este con el cantón Colchani y al oeste, con el cantón Patacamaya.

ARTÍCULO SEGUNDO.- La nueva jurisdicción comprende a las comunidades Chacoma y Taminira.

ARTÍCULO TERCERO.- En conformidad con el Art. 6° del Decreto Supremo Nº 2282 de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano y fijar los hitos correspondientes.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Sala de sesiones del Honorable Congreso Nacional.

La Paz, 17 de...

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