Ley 4116

GobiernoAdministrativa - Patrimonio Cultural
Número de Edición4116
Fecha de Publicación 9 de Octubre de 2009

LEY Nº 4116

LEY DE 25 DE SEPTIEMBRE DE 2009

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

Artículo 1. Declárase Patrimonio Cultural, la celebración de la Festividad Religiosa Patronal “Virgen del Amparo”, que se lleva a cabo en el Municipio de Sacaba, Capital de la Provincia Chapare del Departamento de Cochabamba, cada tercer domingo de noviembre (movible) en la localidad de Sacaba.

Artículo 2. El Ejecutivo a través de la Prefectura del Departamento de Cochabamba y el Municipio de Sacaba, deberán difundir y apoyar económicamente la celebración de la Festividad Religiosa que ha sido declarada Patrimonio Cultural en el artículo 1 de la presente Ley.

Remítase al Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los quince días del mes de septiembre de dos mil...

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