Ley 1098

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1098
Fecha de Publicación 7 de Julio de 1989

LEY NO.- 1098

LEY DE 21 DE FEBRERO DE 1989

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

D E C R E T A :

ARTICULO PRIMERO.- Créase el cantón "CULTA", en la jurisdicción de la provincia San Pedro de Totora del departamento de Oruro, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las Comunidades: CULTA, KANTO, CALAJALIRI Y VILACOLLO.

ARTICULO SEGUNDO.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con los cantones Huancanapi y Marquiviri de la provincia san pedro de Totora; al Sur con el cantón Choqueta de la provincia Carangas y el cantón Laca Laca de la provincia Sajama; al Este con el cantón Marquirivi y al Oeste con el antón Turco de la provincia Sajama.

ARTICULO TERCERO.- El Instituto Geográfico Militar de acuerdo con el Art. 6to. del D.S. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar de los hitos respectivos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

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