Ley 1066

GobiernoAdministrativa - División Política
Número de Edición1066
Fecha de Publicación26 de Mayo de 1989

LEY DE 21 DE FEBRERO DE 1989

NO.- 1066

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A :

ARTICULO PRIMERO.- Créase el Cantón "VILLA PATARANI", en la jurisdicción de la Provincia Aroma del Departamento de La Paz, comprendiendo dentro la nueva jurisdicción a las Comunidades: PATARANI, CAPUNATA, CALA CALA, CHUSICANI, VICARANI, VITUYO, VENTILLA, HUARIPUCO, Manzanani Pampa.

ARTICULO SEGUNDO.- Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte, con el Cantón Ayo Ayo,; al Sud con el Cantón Umala; al Este, con el Cantón Iquiaca; y al Oeste con el Cantón Umala, todos pertenecientes a la Provincia Aroma.

ARTICULO TERCERO.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Art. 6to. del D.S. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones...

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